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Divorcio y beneficios del ex-cónyuge

Los beneficios del Seguro Social para el cónyuge divorciado son financiados y administrados por la Administración del Seguro Social de los Estados Unidos (SSA). Estos beneficios se pagan a los cónyuges divorciados de los trabajadores que reciben, o son elegibles para recibir, beneficios del Seguro Social

Los beneficios del Seguro Social para el cónyuge divorciado son financiados y administrados por la Administración del Seguro Social de los Estados Unidos (SSA). Estos beneficios se pagan a los cónyuges divorciados de los trabajadores que reciben, o son elegibles para recibir, beneficios del Seguro Social.

Como mujer divorciada, podría reunir los requisitos para recibir beneficios del Seguro Social en base a los antecedentes laborales del ex cónyuge.

Divorcio y beneficios del ex-cónyuge

La filosofía del Seguro Social es que las personas divorciadas podrían merecer un beneficio personal por haber sido pareja y ayudante de un miembro de la fuerza laboral por muchos años. De hecho, el beneficio es similar al beneficio para cónyuges al que tienen derecho las personas que siguen casadas.

Básicamente, existen dos series de reglas que establecen si reúnes los requisitos. La primera se aplica si tu ex cónyuge está vivo, y la segunda si ha fallecido. En cualquier caso, no te sorprenderá saber que las reglas son complicadas, y que necesitarás tomar cierto tiempo para familiarizarte con ellas.

Antes de continuar, no olvides que el Seguro Social es neutral en cuanto al sexo. Aunque muchas de sus reglas datan de la época de los hogares con una sola fuente de ingresos —en la que el hombre trabajaba y la mujer se quedaba en el hogar y criaba a los niños— todo lo que leerás aquí respecto a las mujeres divorciadas se aplica igualmente a los hombres divorciados.

También, cualquier beneficio que puedas recibir como cónyuge divorciada no tendría ningún efecto en los beneficios que tu ex-cónyuge recibiría.

¿Cuáles son los criterios básicos de esa serie de reglas si el ex cónyuge aún vive?

Básicamente, puedes recibir beneficios en base a los antecedentes laborales de tu ex-cónyuge si: Tu matrimonio duró 10 años o más;  No estás casada actualmente; Tienes 62 años o más.

Cualquier beneficio jubilatorio que tengas derecho a recibir en base a tus propios antecedentes laborales deben ser menores que el beneficio que recibirías en base a los antecedentes laborales de tu ex-cónyuge. Básicamente, puedes recibir cualquiera de los dos beneficios, el que sea mayor. No puedes recibir ambos.

También, no importa si tu ex-cónyuge se volvió a casar.

Sea como sea, antes de que algo pueda suceder, tu ex cónyuge también debe cumplir ciertos requisitos. Él debe tener derecho a recibir beneficios jubilatorios o por discapacidad del Seguro Social. Si él reúne y aunque no los haya comenzado a recibir, el Seguro Social te permitirá, como ex-esposa, comenzar a recibir los beneficios para ex-cónyuges —siempre y cuando hayan estado divorciados por lo menos dos años.

El monto de tus beneficios depende de si has alcanzado la edad plena de jubilación, cumples los requisitos para recibir un beneficio equivalente al 50 por ciento del beneficio que él recibiría. Pero si comienzas a recibir los beneficios antes de alcanzar la edad plena de jubilación, se reducirán permanentemente.

Esas son esencialmente las reglas que se aplicarían si todavía estuvieras casada y tu esposo se jubilara: recibirías un beneficio para cónyuges de un 50 por ciento.

Si tu excónyuge ya falleció tendrías que cumplir las siguientes condiciones:

Tener 60 años o más, o 50 si eres discapacitada ; Tu matrimonio duró por lo menos 10 años.

Tu propio beneficio jubilatorio no sería mayor que lo que podrías solicitar en base a los antecedentes laborales de tu ex cónyuge

Y existe una condición especial respecto a tu estado civil. Si te vuelves a casar antes de los 60 años (o los 50 años si eres discapacitada), no tienes derecho a recibir dicho beneficio. Pero si te vuelves a casar después de los 60 años (50 si eres discapacitada), sí lo puedes recibir.

Si hay hijos menores de 16 años de por medio puedes recibir beneficios en base a los antecedentes laborales del ex-cónyuge a cualquier edad si estás cuidando al hijo de ese excónyuge, que también es tu hijo natural o adoptivo legalmente y menor de 16 años. Los beneficios continuarán hasta que el menor alcance los 16 años o supere la discapacidad.

Es importante saber que puedes recibir este beneficio aún si no estuviste casada con tu ex cónyuge por 10 años.

Como dijios anteriormente, las reglas son complejas. Para más información, te convendría leer el folleto de 28 páginas publicado por el Seguro Social, Lo que toda mujer debe saber. Además de tratar el tema del divorcio, abarca otros, tales como la violencia doméstica y tu elegibilidad para el Seguro Social si enviudas.

Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!