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Apelar una decisión
Si recientemente le negamos su reclamo para recibir beneficios de Seguro Social o Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés), beneficios por incapacidad o un problema no médico, puede apelar nuestra decisión si no está de acuerdo
Si recientemente le negamos su reclamo para recibir beneficios de Seguro Social o Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés), beneficios por incapacidad o un problema no médico, puede apelar nuestra decisión si no está de acuerdo.
Cuando no está de acuerdo con la determinación, existen cuatro niveles de apelación:
· Reconsideración
— Una reconsideración es una revisión completa de su reclamo por parte de alguien que no participó en la primera determinación. Examinaremos todas las pruebas utilizadas en la primera determinación, además de cualquier nueva prueba que obtengamos o que usted presente.
—Si está solicitando una reconsideración de una determinación sobre si tiene una incapacidad calificada, enviaremos su solicitud a la Agencia de Determinación de Incapacidad (DDS, por sus siglas en inglés) de su estado para su revisión. Es posible que reciba cartas de la DDS de su estado mientras manejan su reconsideración.
—Si está apelando nuestra determinación sobre un problema no médico (como un sobrepago), su reconsideración será manejada por nuestra oficina local o centro de pago. El representante del Seguro Social de la oficina local o del centro de pagos que maneja su apelación puede comunicarse con usted para obtener pruebas.
· Audiencia ante un juez de derecho administrativo
—Una audiencia es una revisión de su reclamo por parte de un juez de derecho administrativo, o ALJ (por sus siglas en inglés), que no participó en la primera determinación o en la reconsideración. El juez examinará todas las pruebas de su caso.
—Independientemente de los asuntos que esté apelando, su oficina local enviará su solicitud de audiencia a una de nuestras oficinas de audiencias para que tome acción.
Recibirá información de la oficina de audiencias sobre el proceso de la audiencia, y la oficina de audiencias le enviará un aviso cuando hayamos programado su audiencia.
—Para informarse mejor sobre el proceso de audiencia visite www.ssa.gov/appeals/hearing_ process.html (solo disponible en inglés).
· Revisión por el Consejo de Apelaciones
—Si no está de acuerdo con la decisión de su audiencia, puede solicitar al Consejo de Apelaciones que revise la decisión.
—El Consejo de Apelaciones puede denegar o desestimar su solicitud de revisión, o puede conceder la revisión.
—Si el Consejo de Apelaciones concede su solicitud de revisión, emitirá una nueva decisión o devolverá su caso a un juez de derecho administrativo para que tome medidas adicionales.
—Para informarse mejor sobre el proceso de Solicitud de revisión del Consejo de Apelaciones
· Revisión de la Corte Federal
—Si no está de acuerdo con la decisión del Consejo de Apelaciones sobre su caso, o si el Consejo de Apelaciones niega su solicitud de revisión, puede presentar una acción civil en el tribunal de distrito federal.
—Para informarse mejor sobre el proceso de revisión de la Corte Federal.
Cuándo apelar
La parte más importante para recordar sobre una apelación es el límite de tiempo que tiene para solicitar. Por lo general, tiene 60 días a partir de la fecha en que reciba la carta de nuestra decisión para solicitar cualquier apelación. Suponemos que recibirá la carta dentro de los cinco días posteriores a la fecha de esta, a menos que pueda probar que la recibió
más tarde. Si no apela la decisión dentro del límite de los 60 días, puede perder su derecho a apelar y la última decisión que tomamos se convierte en la decisión final.
Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!