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La última batalla para frenar mayoría de Morena

Las 373 curules le permiten a la coalición oficialista aprobar enmiendas a la Constitución sin la necesidad de negociar

En la imagen se aprecia una tabla donde se destaca la mayoría en el Congreso y al presidente Andrés Manuel López Obrador.La última batalla para frenar mayoría de Morena

La sobrerrepresentación en el Congreso mexicano se ha convertido en el último caballo de batalla de la oposición para frenar la mayoría de Morena y sus aliados. Las 373 curules en el Congreso le permiten a la coalición oficialista aprobar enmiendas a la Constitución sin la necesidad de negociar. La vía jurídica es la última bala con impugnaciones ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de las Federación (TEPJF), que se resolverán en los próximos días. 

El PAN y el PRI han elegido como principal tema de su agenda la denuncia de que se está cometiendo una ilegalidad, ya que Morena y sus aliados sobrepasan el límite de diputados que marca la Constitución. El oficialismo responde que la ley electoral encargada de desarrollar ese principio constitucional permite desde 2008, mediante el acuerdo en su día de los hoy opositores PAN y PRI, que las coaliciones puedan sobrepasar ese límite. Algo que ya ha sucedido en sexenios anteriores. Por el camino, el movimiento opositor de la Marea Rosa ha convocado una nueva concentración contra la misma causa para el domingo.

Uno de los argumentos de la oposición para justificar este vez la necesidad de revisar el andamiaje jurídico que ha permitido esta aritmética electoral durante más de una década es que en esta ocasión el margen es muy amplio. En 2012, por ejemplo, la coalición PRI-PVEM obtuvo el 40% de los votos y le correspondió el 48.2% de las curules, es decir, rebasaron en 0.2% el límite constitucional. En este momento en la balanza pesa el excedente de casi 20%, así como mayoría calificada en la Cámara baja, además de estar a nada de replicarlo en el Senado. Morena considera que los argumentos de la oposición son políticos y no jurídicos, un intento de solucionar en los tribunales lo que no lograron en las urnas.

Expertos, consejeros y constitucionalistas coinciden en que la sobrerrepresentación no es novedad. Javier Martín Reyes investigador especializado en derecho electoral y constitucional, refiere que se ha convertido en una práctica común de los partidos que actúan intencionalmente. Sin embargo, nunca se había llegado a niveles tan elevados. "El problema se ha venido incrementando por una estrategia deliberada de los partidos políticos. Primero fue el PRI y el PVEM y ahora es Morena y sus aliados por hacer lo que técnica y jurídicamente llamamos un fraude a la Constitución", señala. La Sala Superior del TEPJF será la última instancia, vía las impugnaciones, en la que recaiga el tema y su resolución. El INE por ley debe hacer el reparto de las 200 curules plurinominales en la Cámara baja y los 64 escaños en el Senado; 32 de primera minoría y 32 plurinominales. Será antes del 23 de agosto. La misma fecha límite que tienen los magistrados para resolver impugnaciones al respecto.

Lo que dicen las leyes

La Constitución señala en su artículo 54 que "ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios". El mismo apartado establece el límite de sobrerrepresentación del 8% por agrupación política. "En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento".

Estos límites, impuestos en la reforma de 1996, también suponen que para obtener espacios plurinominales cada partido, en lo individual, debe acreditar la postulación de al menos 200 candidatos en igual número de distritos. El objetivo además de que ninguna fuerza política tenga dos tercios de los 500 diputados, es que las minorías, el 33% de los legisladores, puedan interponer recursos de inconstitucionalidad. El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) también fue reformado en 1996 y elevó esas mismas dos limitaciones, por número de diputados y por porcentaje, no solo a los partidos, sino también a las coaliciones.

En 2008 se volvió a reformar el Cofipe para eliminar esta vez las limitaciones a las coaliciones y permitir, por tanto, la sobrerrepresentación. Martín Reyes refiere que la insistencia de los partidos en defraudar la Constitución, aunado a las implicaciones que hay en que una fuerza política pueda cambiar el texto constitucional sin obstáculos, son argumentos de peso para replantear los criterios. "Es una razón adicional para regresar a la interpretación original. Si entendemos que los tribunales están para hacerse cargo de la realidad, tendrían que reconocer que es un problema creciente", considera.