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Nuestros colonizadores y el legado de su interés

La colonización europea de gran parte del mundo proporciona un experimento natural que ayuda a explorar cómo la estructura gubernamental influye en el Estado de derecho. Según el celebrado economista Daron Acemoglu, los colonizadores europeos adaptaron las estructuras de poder de sus Gobiernos (p. ej., quién nombra al juez) en función de las características de los territorios conquistados a fin de maximizar el lucro.

En áreas donde el control sobre la población nativa prometía ganancias económicas significativas, se centralizaba el poder gubernamental a través de una jerarquía de dependencias. Por el contrario, en territorios con poblaciones nativas pequeñas o dispersas, para atraer a más colonos europeos, el poder gubernamental se limitaba y se dividía entre entidades independientes.

Nuestros colonizadores y el legado de su interés

En regiones como África, India y América Latina, los intereses económicos de los colonizadores y la Corona favorecían estructuras gubernamentales que le permitieran a una pequeña población europea regir sobre la vasta población nativa y explotar sus recursos. Esto llevó a la creación de Gobiernos basados en la dependencia como herramienta de control, en los que casi todos los cargos y recursos de los funcionarios estaban sujetos a la voluntad arbitraria de los gobernadores o representantes de la Corona. Como consecuencia, se creó un entorno altamente politizado que ataba el destino y los bienes de los súbditos (particulares y funcionarios) al clientelismo y al favoritismo de una élite, lo que a su vez sofocó la competencia política y económica y otorgó riqueza e impunidad a la oligarquía.

En contraste, en las colonias de Norteamérica, Australia y Nueva Zelanda, los europeos constituían la mayoría de la población y no se encontraron metales preciosos. La necesidad de atraer colonos europeos que trabajaran estas tierras motivó la adopción de estructuras gubernamentales que garantizaban la justicia imparcial y la protección del derecho de propiedad.

Por ejemplo, Jamestown, la primera colonia norteamericana, ya tenía una cámara legislativa democrática tan solo doce años después de su fundación en 1619. En Massachusetts Bay, fundada en 1630, se estableció una constitución democrática que designaba dos cámaras legislativas, y el gobernador era elegido democráticamente. Además, los juicios se llevaban a cabo mediante jurados, limitando el poder de los jueces designados por la Corona. Numerosos funcionarios, incluidos fiscales y alguaciles, eran elegidos, lo que aseguraba un alto grado de despolitización e imparcialidad. Esto sentó las bases para la igualdad ante la ley.

El legado de estas estructuras coloniales se refleja en la actualidad. Los países con poblaciones mayoritariamente europeas continuaron desarrollando estructuras gubernamentales que promueven la independencia de los funcionarios, reducen los conflictos de intereses y fomentan la toma de decisiones imparciales.

Por otro lado, en América Latina, la oligarquía que heredó el poder posindependencia mantuvo y fortaleció las estructuras gubernamentales preexistentes. Actualmente, demasiados funcionarios siguen dependiendo de los dirigentes políticos. El resultado es que los partidos y el Gobierno toman la forma de máquinas clientelistas. Así, el manejo arbitrario de los bienes y servicios públicos beneficia a los políticos y a sus colaboradores a expensas del bien común y la justicia.

El problema fundamental en América Latina no reside en personas interesadas, las cuales existen en todas partes, sino en la estructura gubernamental heredada de la época colonial, que les otorga a quienes ostentan el poder las herramientas para ejercer la coerción. Estos hechos históricos revelan que la diferencia en la obtención de justicia se encuentra en las cualidades de la estructura gubernamental.

Arquitecto

Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional

+1 (281) 216-3946


Miguel Erroz Gaudiano

Miguel Erroz Gaudiano

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