Ordena TEPJF al INE modificar lineamientos de Revocación de Mandato
El formato impreso para recolección de apoyos deberá facilitarse no solo en 204 municipios de alta marginación, como había determinado el INE, sino a todos los ciudadanos en cualquier zona del País
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los lineamientos que regulan la implementación del ejercicio de Revocación de Mandato y admitir la recolección de firmas de apoyo en formato impreso en todo el País, además de la aplicación electrónica.
"Para recabar las firmas de apoyo al proceso correspondiente, deben emplearse en todo el País, no sólo en lugares de alta marginación, tanto formatos físicos como herramientas electrónicas.
"Ambos deben facilitarse, para que queden a disposición de las personas interesadas en recabar los apoyos y, en su caso, quienes pretendan respaldar en cualquier lugar el proceso, elijan el medio, ya sea en papel o a través del dispositivo electrónico que conocemos como la app", explicó la Magistrada Mónica Soto.
Previamente los magistrados Janine Otálora y Felipe de la Mata se habían referido a la falta de fundamentación en la selección por parte del INE de 204 municipios de alta marginalidad susceptibles del formato impreso de firmas, así como a la conveniencia de que el INE se apoyara en ese tipo de decisiones en datos del INEGI u otras regulaciones urbanas.
"La autoridad responsable deberá efectuar con libertad de atribuciones las modificaciones necesarias a los lineamientos y sus anexos técnicos respectivos y a los plazos previstos en los mismos y realizar todas las acciones para cumplir con lo que se determine en la ejecutoria", se señala en la sentencia.
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Asimismo, de acuerdo con diversas sentencias aprobadas este lunes en sesión a distancia de la Sala Superior, los magistrados confirmaron el voto electrónico en este proceso de revocación para mexicanos residentes en el extranjero y pidieron al INE que estudie y valore nuevas formas de participación para el futuro, como lo prevé la Constitución que considera correo y en consulados de manera directa.
En una de las sentencias aprobadas se validó que el INE es la única entidad facultada para emplear recursos públicos para la promoción del ejercicio de revocación y por lo tanto viola la Ley en la materia la pretensión de Morena de que se incluyera en los lineamientos el Presidente de la República tenga derecho a opinar e informar sobre la continuidad de su cargo.
Los magistrados electorales dejaron claro que se trata de un proceso revocatorio, no ratificatorio, que lo involucra a él directamente.