Columnas > ARNOLDO HUERTA RINCÓN
Tribunal de Disciplina Judicial
"Para administrar justicia de verdad y buena fe,
mejor que letraduría, buen linaje hay que tener" Luis Cané
Hace 12 años que empezó mi carrera dentro de la judicatura tamaulipeca, conocí la organización de los poderes judiciales pues, debo reconocer, antes de eso y al tener únicamente experiencia en el litigio en Monterrey, acudía como abogado postulante a los diferentes juzgados de los diferentes fueros y materias, pero con un desconocimiento de lo que existía tras esos órganos jurisdiccionales.
Por ello, descubrí lo que eran los Consejos de la Judicatura. El Consejo de la Judicatura Federal fue creado en diciembre de 1994 como parte una reforma constitucional que buscaba fortalecer el Poder Judicial y garantizar su independencia, sin embargo, dicho órgano empieza funciones en 1995, y tenía como objetivo la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial Federal; con ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se enfocaría solamente en cuestiones jurisdiccionales, para dejar lo administrativo a este órgano colegiado.
Con la reforma constitucional en materia judicial ya vigente, las tareas del Consejo serán divididas para ser llevadas por dos órganos nuevos: el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal de Disciplina Judicial. Este Tribunal Disciplinario encuentra su fundamento en el nuevo artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde en términos generales se establecen las funciones del mismo y estará integrado por 5 Magistrados, que serán electos de manera popular.
Dicho órgano colegiado funcionará en Pleno y Comisiones, y tendrá a cargo la substanciación y resolución de los procedimientos de responsabilidad administrativa que se lleven en contra las y los servidores públicos de la judicatura federal, incluyendo Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de distrito; cabe recalcar que no tendrán jurisdicción en contra de Ministras y Ministros, ni contra Magistradas y Magistrados Electorales. También, tendrá la facultad de evaluar el desempeño de las nuevas y nuevos Magistrados y Jueces elegidos por el pueblo, por lo que está a su cargo la labor de vigilancia.
Asimismo, este nuevo Tribunal, contará con una unidad de investigación que se encargará de integrar las carpetas de investigación que desemboquen en los informes de presunta responsabilidad, ¿qué son los informes de presunta responsabilidad?, al cerrar las pesquisas por parte de la unidad que investiga la conducta que pudiera acarrear una medida disciplinaria, cierra su investigación con una resolución que termina en un informe de autoridad que enviarán a una Comisión del Tribunal de Disciplina para la substanciación del procedimiento respetivo, dicho informe deberá cumplir los requisitos que den a suponer que existe una posible responsabilidad por parte del servidor judicial investigado.
Ahora bien, la semana pasada fue presentada en el Congreso del Estado de Tamaulipas, por parte del Gobernador Constitucional Américo Villarreal Anaya, la iniciativa en materia de reforma judicial local, cumpliendo en tiempo y forma el mandato constitucional federal. En dicho proyecto, en su artículo 106 refiere sobre este nuevo Tribunal de Disciplina Judicial Estatal, homologando lo explicado antes en el artículo 100 constitucional.
Es un órgano totalmente novedoso, pues no existía como tal en las judicaturas ni federal ni estatales, y si bien la materia de responsabilidades administrativas en el ámbito judicial no es nueva, tampoco ha sido muy explorada y el judicializar estos procedimientos dará más seguridad jurídica a las sentencias que se dicten por parte del Pleno del Tribunal Disciplinario, ya que antes de la reforma, las resoluciones en materia de disciplina judicial, si bien eran materialmente judiciales, formalmente se determinaban por un órgano de naturaleza administrativa.
Esperemos que el cambio de paradigma sea para bien en esta materia, habrá que esperar en Tamaulipas que primero sea aprobada la iniciativa gubernamental, que es inminente, para luego analizar las leyes secundarias que regulen la organización, funcionamiento y atribuciones específicas de los nuevos órganos judiciales, como lo es el Tribunal de Disciplina Judicial.
RECOMENDACIÓN SEMANAL: De la obra Hamlet de Williams Shakespeare, hay un sinfín de enseñanzas. Me quedó con la parte que dice: debes ser afable; pero no vulgar en el trato. Une a tu alma con vínculos de acero aquellos amigos que adoptaste después de examinada su conducta; pero no acaricies con mano pródiga a los que acaban de salir del cascarón y aún están sin plumas.
Twitter: @arnhuerta