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Si te vuelves a casar

Los beneficios para excónyuges se ganan al ser parte de un matrimonio durante al menos 10 años. Tu condición de pareja en esa unidad sigue vigente, sin importar si tu exesposo o exesposa se casa de nuevo. Sin embargo, si tú te vuelves a casar y te haces parte de un nuevo matrimonio, ya no serás apto de recibir beneficios en función del matrimonio anterior.

¿Puedo cobrar el Seguro Social como cónyuge divorciado si mi excónyuge se vuelve a casar? Sí. Cuando se trata de los beneficios para excónyuges, el Seguro Social no le presta atención al estado civil de tu excónyuge; solo le importa tu estado civil. 

Si te vuelves a casar

Los beneficios para excónyuges se ganan al ser parte de un matrimonio durante al menos 10 años. Tu condición de pareja en esa unidad sigue vigente, sin importar si tu exesposo o exesposa se casa de nuevo. Sin embargo, si tú te vuelves a casar y te haces parte de un nuevo matrimonio, ya no serás apto de recibir beneficios en función del matrimonio anterior.

Ten en cuenta que hay una excepción muy limitada a la regla de volverse a casar. Si empezaste a cobrar beneficios para excónyuges cuando eras soltero, pero después te volviste a casar, esos beneficios se cancelarán. Es necesario que informes al Seguro Social sobre cambios en tu estado civil.

Si tu excónyuge falleció, puedes casarte de nuevo y seguir cobrando beneficios para sobrevivientes en base a su registro de ingresos, siempre y cuando hayas tenido 60 años o más cuando te volviste a casar (50 años o más si eres discapacitado). 

Ten en cuenta que: Hay circunstancias limitadas en las que volverse a casar no cancela los beneficios que cobras en base al registro de un excónyuge que vive. Una es si te vuelves a casar con ese excónyuge. 

Otra es si tu nuevo cónyuge recibe ciertos tipos de beneficios del Seguro Social, específicamente:

-   Beneficios para sobrevivientes

-   Beneficios para para cónyuges divorciados

-   Beneficios por discapacidad en la niñez (beneficios que un adulto que quedó discapacitado antes de cumplir 22 años sigue recibiendo en base al historial laboral de un padre)

Puedes recibir estimados de los beneficios que puedes recibir como cónyuge divorciado basados en el registro de ingresos de tu excónyuge. Llama al Seguro Social al 800-772-1213 para programar una cita. 

Tendrás que llevar el certificado de matrimonio y la sentencia de divorcio para demostrar que la unión duró al menos 10 años, el requisito básico para que los excónyuges reciban beneficios. También debes proveer el número de Seguro Social de tu excónyuge —o, si no lo tienes, su fecha y lugar de nacimiento y los nombres de los padres— para que el Seguro Social pueda encontrar el registro laboral pertinente. 

¿Puede alguien que no sea ciudadano de Estados Unidos recibir beneficios para excónyuges? 

Si estás legalmente presente en Estados Unidos, es decir que tiene una tarjeta verde, residencia temporal legal o permiso para estar en el país bajo algún tipo de estatus protegido, por ejemplo, los solicitantes de asilo y los refugiados. En estos casos, los criterios básicos para obtener los beneficios de cónyuge divorciado son los mismos que para un ciudadano de Estados Unidos:  Tienes al menos 62 años; No te has vuelto a casar; El matrimonio duró al menos 10 años; Tu excónyuge reúne los requisitos para recibir beneficios por jubilación o incapacidad del Seguro Social.

Si tu ex reúne los requisitos para el Seguro Social pero aún no ha solicitado sus beneficios, debes cumplir con un estándar adicional: tienes que haber estado divorciado por al menos dos años.

Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778. Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. 

¡Esperamos poder servirle!