Notificará el SAT vía buzón tributario
Tendrá la facultad de realizar embargos de bienes de esta manera
A partir del próximo año, el Servicio de Administración Tributario (SAT) estará facultado para notificar a través del buzón tributario sobre un proceso de embargo a los contribuyentes deudores.
“Para continuar con el fortalecimiento del buzón tributario como medio de comunicación primordial entre la autoridad fiscal y el contribuyente, se propone adicionar un artículo 151 Bis al Código Fiscal, a fin de facultar a la autoridad fiscal para que, tratándose de créditos exigibles, lleve a cabo el embargo de bienes que, por su naturaleza, puede ser realizado a través de ese medio”, se lee en el decreto aprobado por diputados y senadores.
Con ello, todas aquellas personas dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con obligaciones activas, pueden ser sujetas de embargo a través de correo electrónico.
Sin embargo, tras cuatro días de haber enviado el mensaje al buzón tributario se considerará que el contribuyente fue notificado, lo que a su vez genera consecuencias legales.