Impugna PAN en Corte reforma al Poder Judicial
El PAN promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar la reforma judicial aprobada.
El PAN promovió una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar la reforma judicial aprobada en septiembre pasado por Morena y aliados en el Congreso de la Unión.
El presidente nacional del PAN, Marko Cortés, presentó este lunes la demanda para pedir a la Corte que declare la invalidez de la reforma por la cual todos los jueces, magistrados y Ministros serán electos por voto popular.
La demanda alega múltiples fallas y vicios de procedimiento durante la reforma, entre ellos, las presiones a senadores de Oposición y la premura para la aprobación, pues solo pasaron veinte días entre la emisión del dictamen en comisiones de la Cámara de Diputados, y la publicación en el Diario Oficial.
Destaca las amenazas a los senadores Miguel Ángel Yunes, del PAN, quien votó a favor de la reforma, y Daniel Barreda, de Movimiento Ciudadano, quien no asistió a la sesión.
También se acusan violaciones de procedimiento en legislaturas estatales que ratificaron la reforma en cuestión de horas, y falta de consulta previa a indígenas y personas con discapacidad.
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Tal es el caso del de Oaxaca, donde la Legislatura local ratificó en menos de dos horas la reforma tras haberse aprobado en el Senado.
Esta acción se suma a la controversia constitucional promovida por el Gobierno de Guanajuato, así como a la controversia que, bajo reglas de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal (PJF), la propia Corte acordó iniciar el jueves pasado.
Esta última controversia ya fue turnada al Ministro Alberto Pérez Dayán, mientras que la demanda de Guanajuato la tiene Juan Luis González Alcántara, quien no ha notificado su admisión o desechamiento.
Además, jueces federales están tramitando al menos 70 amparos de organizaciones civiles y personal judicial contra la reforma, en algunos de los cuales se han concedido suspensiones que ordenan detener el proceso electoral agendado para junio de 2025.
Los partidos políticos solo pueden promover acciones de inconstitucionalidad para impugnar leyes en materia electoral, tanto federales como estatales, pero no existe precedente para el trámite de una acción de este tipo que pretenda cuestionar cambios a la Carta Magna, que es el parámetro de control para todas las demás normas.
En su demanda de 241 cuartillas, el PAN alega que la reforma viola quince artículos de la propia Constitución, y afirma que se trata de legislación en materia electoral, pues regula múltiples aspectos de las elecciones de Ministros, Magistrados y Jueces, tanto federales como locales.
Los argumentos de fondo, más allá de vicios de procedimiento, incluyen la violación al principio de división de Poderes, a la independencia judicial, y al derecho de los ciudadanos a una justicia imparcial.
"El principio de Supremacía Constitucional exige que cualquier reforma esté en armonía con el resto de la Constitución y. sobre todo, que respete los principios inmutables, como la división de Poderes y la independencia judicial", afirma.
"Para el acceso y permanencia, los funcionarios judiciales deberán negociar su designación con miembros de los otros Poderes, resultando en presiones externas e incentivos perversos que desnaturalizan la función jurisdiccional", agrega.