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Tribunal Electoral define lineamientos para resolver impugnaciones

El Tribunal Electoral definió los lineamientos que seguirá la comisión encargada de resolver las impugnaciones contra la elección de la Presidencia de la República

Tribunal Electoral define lineamientos para resolver impugnaciones

El Tribunal Electoral definió los lineamientos que seguirá la comisión encargada de resolver las impugnaciones contra la elección de la Presidencia de la República, para su posterior discusión de la declaración de validez.

Dicha comisión está integrada por los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes Barrera.

El acuerdo, —que no ha sido publicado—, establece que la comisión tendrá, al menos, una reunión semanal para el desahogo de sus funciones, la cual será pública y previamente agendada.

A fin de garantizar la máxima publicidad de este proceso, se instruyó a la Secretaría General de Acuerdos a crear un micrositio que contendrá, entre otros datos, las versiones públicas de las demandas y las pruebas, así como los escritos de terceros que integraron los medios de impugnación respectivos.

También se publicará una reseña de las etapas que se desahogarán con motivo de la sustanciación y resolución de los medios de impugnación, así como una línea del tiempo de las actividades y etapas que se deberán de realizar con motivo de la sustanciación y resolución de las impugnaciones.

Además, será publicado el proyecto que será sometido a la discusión y resolución del Pleno de la Sala Superior.

Los magistrados contarán con el secretariado instructor, de estudio y cuenta y auxiliares que sean necesarios para el adecuado desarrollo de sus funciones.

La Comisión llevará a cabo una audiencia pública de desahogo de las pruebas de los expedientes, y posteriormente se hará una relación de éstas, que deberá publicarse de forma previa a la realización de la audiencia.

La audiencia deberá tener verificativo dentro de los 20 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este acuerdo.

El resto de las magistraturas serán invitadas a esta audiencia. Además, solo podrán intervenir las partes debidamente autorizadas en el expediente, las cuales podrán presentar manifestaciones por escrito o vía oral para lo cual, harán el uso de la voz, por única ocasión y hasta por 10 minutos.

El desahogo de pruebas será videograbado y constará en la respectiva acta suscrita por los integrantes de la Comisión, así como por el secretario o subsecretaria general de acuerdos; además, podrá ser consultado en el micrositio.

También lanzará una invitación a instituciones académicas o cuya labor esencial se desarrolle entorno a cuestiones vinculadas con democracia y elecciones, y al público en general, para que puedan comparecer ante la Comisión en carácter de amigos de la corte (amicus curiae).

La Sala Superior tiene como fecha límite el 6 de septiembre para la declaración de la validez de la elección presidencial.

Para este proceso, deberán convocar a una sexta magistratura para la sesión de declaración de validez, aunque aún no han definido la fecha en la que elegirán a esta magistratura entre los de mayor antigüedad de las Salas Regionales.