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Cataloga AMLO obras como seguridad nacional

Apenas este jueves, el Pleno de la Suprema Corte invalidó el decreto que publicó en 2021 para reservar información del Tren Maya y otros proyectos

Luego de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador para catalogar de seguridad nacional sus megaproyectos, el mandatario publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un nuevo "decretazo" en el mismo sentido para obras como el Tren Maya, entre otras. 

López Obrador revira a la Corte.Cataloga AMLO obras como seguridad nacional

Este jueves, ocho ministros avalaron declarar inválido el decreto de López Obrador que se publicó en 2021 y que el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) había impugnado a través de una controversia constitucional, pues se ordenaba una "reserva anticipada y generalizada de la información" de estos proyectos prioritarios. 

No obstante, ya con un INAI inoperante debido a la falta de nombramientos y quórum, AMLO lanzó un nuevo "decretazo" para clasificar nuevamente como de seguridad nacional y de interés público la construcción, mantenimiento y operación del Tren Maya y otras obras, como los aeropuertos de Palenque, Chetumal y Tulum. 

Artículo Único. "Son de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal de Tulum, Quintana Roo, en los términos expresados en la parte considerativa de este decreto". 

El Pleno de la Suprema Corte declaró inconstitucional el "decretazo" del presidente Andrés Manuel López Obrador con el que clasificó las obras prioritarias como un asunto de seguridad nacional, pues determinó que el acuerdo afecta al derecho a la información e interfiere en las facultades de actuación del INAI.

Con 8 votos a favor y 3 en contra del proyecto de resolución del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se declaró procedente y fundada la impugnación del INAI debido a que el Ejecutivo instruyó a las dependencias y entidades de la Administración Pública federal a reservar la información de manera obligatoria debido al llamado "decretazo". 

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La Corte declaró la invalidez del Acuerdo Presidencial de 2021, que clasificó como de seguridad nacional las obras prioritarias de la 4T.

 

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