Actualiza a tiempo tus datos fiscales para poder facturar
A partir de abril debes añadir tu régimen fiscal y código postal en la versión 4.0 de los CFDI o, de lo contrario, no podrás deducir gastos
CIUDAD DE MÉXICO.-Los contribuyentes del País que quieran deducir gastos, deben actualizar sus datos fiscales antes de abril, ya que a partir de dicho mes será necesario incluirlos en recibos y facturas por servicios prestados o por la compra de productos.
Se trata del régimen fiscal y el código postal del domicilio fiscal, que deberán incluirse en la nueva versión 4.0 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), la cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determinó que será obligatoria a partir del próximo 1 de abril.
Actualmente, quienes emiten facturas todavía pueden utilizar la versión 3.3, pero solamente será posible hasta el 31 de marzo de este año.
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Los CFDI son de distintas clases y entre ellos se encuentran los de nómina, incluidos los recibos de sueldos y salarios o asimilados a salarios, así como facturas, recibos de honorarios o de arrendamiento, por lo que en todos éstos se deberán incluir estos datos.
Miguel Ángel Tavares, presidente de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), mencionó que estos datos deben ser actualizados, ya que de lo contrario, si no se proporcionan a los proveedores, simplemente no será posible que estos últimos emitan facturas deducibles.
"Te van a emitir un comprobante, pero no va a ser válido para efectos fiscales, no será deducible", enfatizó.
Resaltó que tanto personas morales como físicas deben acuatizar esta información, ya que la nueva versión 4.0 será la única que se pueda usar para todos los CFDI, incluidos los de aquellos que formen parte de deducciones personales como gastos médicos y pago de colegiaturas.
Por ello, empresas como (Teléfonos de México) Telmex han invitado en días recientes a actualizar la información.
"Queda poco tiempo para actualizar tus datos fiscales; si deduces recibo Telmex es indispensable realizarlo antes del 31 de marzo", señala la empresa de telefonía en un mensaje enviado a sus clientes.
La información que ahora debe incluirse en los CFDI se encuentra en la Constancia de Situación Fiscal, que puede ser tramitada en el SAT. Sin embargo, también se puede actualizar con cada proveedor si el contribuyente conoce el régimen fiscal y el domicilio con el cual está activo en el fisco, según el propio SAT.
De acuerdo con el Código Fiscal, si alguien tiene registrado un domicilio fiscal distinto al que corresponde, se hará acreedor a una sanción que va de los 3 mil 870 pesos hasta los 11 mil 600 pesos.
El SAT puede detectar si en un CFDI el código o el régimen fiscal son distintos a los registrados en su base de datos. Esto ocurre cuando timbra un comprobante, es decir, cuando hace un chequeo para validar la información contenida en el mismo. Si la información no coincide, la autoridad fiscal no lo valida y será imposible deducirlo.
De acuerdo con Tavares, si un CFDI se expide con información errónea, el proveedor no debe ser sancionado porque utiliza datos proporcionados por el cliente. Para éste último, la consecuencia es que su factura no sea deducible.
- Sin embargo, Tavares alertó que la autoridad fiscal, en determinadas circunstancias, puede considerar como defraudación fiscal al dar validez a un documento que no reunió con los requisitos necesarios. Un caso así puede ameritar prisión oficiosa sin derecho a fianza, advirtió.