Juez determina que gobierno de Chihuahua tuvo omisiones para prevenir covid-19 en migrantes
Con la resolución del amparo promovido el 11 de mayo de 2020 por DHIA, FJEDD, IMUM y otras organizaciones, las autoridades responsables deberán emitir medidas de prevención y protección a personas en movilidad
CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).– Tras una batalla de quince meses, el pasado 16 de agosto las asociaciones civiles Fundación para la Justicia (FJEDD), Derechos Humanos Integrales en Acción (DHIA) y el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) obtuvieron sentencia en su favor dictada con respecto a la protección y prevención del coronavirus entre la población migrante
Esta sentencia se dio a raíz del amparo promovido, el 11 de mayo del año pasado, por las asociaciones civiles, las cuales señalaron que hubo “omisión de emitir medidas preventivas en beneficio de las personas en movilidad”.
Ahora, la sentencia del Juzgado Segundo indica que, en efecto, la SS y el CSG debieron emitir acciones para salvaguardar la salud de las personas migrantes, ya que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que toda persona que se encuentre en una situación de vulnerabilidad debe ser titular de una protección especial.
En un comunicado de prensa, las organizaciones que promovieron el amparo señalan que esta sentencia “beneficiará a muchas personas migrantes y sentará un precedente que sirva de ejemplo para otros amparos que se resuelvan en el presente o en el futuro”.
Y señalaron que este no es el único amparo en la materia, pues el 17 de abril del año pasado, un juez de Distrito de la Ciudad de México dictó 11 medidas preventivas para proteger la salud de los migrantes, dirigidas al CSG, dirigidas a la Secretaría de Gobernación y al Instituto Nacional de Migración.