Anulan acuerdos Segob-Sección 22
Confirma en definitiva un tribunal federal
Ciudad de México.
Un tribunal federal confirmó en definitiva que son inconstitucionales los acuerdos alcanzados el sexenio pasado entre la Secretaría de Gobernación y la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).
En esos acuerdos se dieron a la Sección 22 derechos de no remoción y acceso a plazas que son contrarios a la reforma educativa de 2013, resolvió el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.
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El tribunal confirmó, en sesión del pasado 11 de febrero, el amparo otorgado en abril de 2016 por un juez de Distrito a la organización Mexicanos Primero, que impugnó tres acuerdos entre Segob y la CNTE, así como un convenio signado en 1992 con el Gobierno de Oaxaca.
"Los efectos de la concesión del amparo necesariamente llevan a dejar insubsistentes los acuerdos, atento a que se estableció la posibilidad de obtener plazas y de tener derechos de inamovilidad y no remoción contrarios a lo previsto en el artículo Tercero Constitucional y las directrices precisas que se fijaron en la legislación correspondiente", afirmó el tribunal.
"Como se precisó en esta ejecutoria, la totalidad de los maestros del país deben someterse a las evaluaciones correspondientes a efecto de determinar su situación en el servicio", agregó.
Los acuerdos principales fueron firmados con el entonces subsecretario de Gobernación, Luis Enrique Miranda, y la actual titular de la dependencia, Olga Sánchez Cordero, tendrá que dejarlos sin efectos para dar cumplimiento al amparo.
El Gobierno de Andrés Manuel López Obrador busca derogar la reforma educativa del sexenio pasado, por lo que es probable que, en la práctica, el amparo tendrá pocos efectos concretos y seguirán las negociaciones con la Sección 22 y otras de la CNTE.
El Poder Judicial tardó casi tres años en confirmar el fallo del juez Martín Santos Pérez, que estuvo congelado casi un año en la Suprema Corte de Justicia, cuya Primera Sala rechazó en septiembre de 2017 una solicitud del Ministro José Ramón Cossío para atraer el caso.
Integrado por los Magistrados Emma Gaspar Santana, Gaspar Paulín Carmona y por una secretaria en funciones de magistrada, el tribunal colegiado concluyó que los acuerdos que el ex Gobernador de Oaxaca, Heladio Ramírez, alcanzó con la CNTE hace 27 años, tenían que haberse ajustado a la reforma educativa.
"Todos los movimientos relacionados con las plazas otorgadas a la Sección 22 que se previeron en la minuta de 28 de octubre de 1992 que no coincidan con los fines para los cuales se previó la reforma al artículo Tercero Constitucional, deberán ajustarse a la misma, a fin de no desatender ese mandato", afirmó el tribunal.
"Es evidente que si el otorgamiento de tales plazas, aludidas en los acuerdos correspondientes, no se sujetaron a los requisitos respectivos, no pueden eximirse de un control de la constitucionalidad que busque resarcir el pleno respeto y protección del derecho a la educación", destacó.
Resolución histórica.-Mexicanos Primero
En conferencia de prensa, integrantes de la organización Mexicanos Primero informaron sobre la resolución del amparo que interpusieron a través de su brazo jurídico Aprender Primero en abril de 2015.
Sandra Creixell Breña, directora de Estudios Jurídicos, refirió que se trata de una resolución histórica, pues marcará un precedente para inhibir que se sigan suscitando acuerdos ilegales entre autoridades y la CNTE.
Creixell Breña explicó que el 28 de octubre de 1992, según información otorgada a través de transparencia, Heladio Ramírez, entonces Gobernador de Oaxaca, otorgó un banco de plazas a la Sección 22, como parte de su patrimonio.
Aún no existe, refirió, certeza de cuántas plazas se otorgaron en esos años, pero la exigencia de la Coordinadora era de 6 mil.
Además, el 5 de noviembre de 2013, el subsecretario Miranda, con líderes de la Sección 22 otorgó inmunidad al acordar el "derecho" de los docentes a no ser despedidos o separados cuando en la tercera evaluación de desempeño no obtuvieran resultados satisfactorios.