El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló en definitiva la multa por 55 millones de pesos impuesta a Movimiento Ciudadano por el respaldo que recibió el candidato a la gubernatura, Samuel García, de parte de su esposa, la influencer Mariana Rodríguez.
El mismo Samuel García difundió este martes el documento de apelación y juicios para la protección de derechos político-electorales ciudadanos, contenidos en el expediente SUP-RAP-180/2021 y acumulados, por la sanción que el Consejo General del INE impuso al partido, debido a que Rodríguez Cantú apoyó con publicaciones en redes a su marido durante la campaña, acciones que, de acuerdo con la autoridad electoral, equivalían a aportar 27 millones 800 mil pesos no declarados.
Por unanimidad, el órgano jurisdiccional dejó sin efectos la sanción contenida en el expediente INE/CG1312/2021.
Sin embargo, sí hay una multa de 119 mil 28 pesos al partido debido a que Mariana participó, sin ser retribuida, en el video Arráncate Nuevo León Rock con reconocidos cantantes locales.
Al conseguir la anulación de la mega multa, el equipo jurídico de MC argumentó que, en la campaña, las publicaciones que fueron objeto de denuncia surgieron de la cuenta personal de Instagram.
“Desde su creación, en dicha cuenta, Mariana Rodríguez Cantú ha realizado una gran cantidad de publicaciones, la mayor parte de ellas de índole personal, es cierto, y no es un hecho disputado que Rodríguez Cantú ha utilizado su cuenta de Instagram con la finalidad de promocionar algunos productos”.
“Sin embargo, este hecho por sí mismo no resta autenticidad y espontaneidad a las publicaciones, ni llevan a concluir, de manera lógica y necesaria, que las publicaciones en apoyo a Samuel Alejandro García Sepúlveda, forman parte de una estrategia publicitaria ilegal”, señaló.
En este mismo sentido, el Tribunal aceptó que Mariana hizo uso de su libertad de expresión y, a través de su vínculo matrimonial, dio respaldo a su marido, candidato a la gubernatura de Nuevo León sin que sus expresiones sean consideradas aportaciones en especie.
De igual manera, como lo señala Movimiento Ciudadano junto con García Sepúlveda, el INE indebidamente consideró que al haber registrado Mariana Rodríguez Cantú su nombre como marca, ella se convertía en la marca, criterio que no comparte la Sala Superior, pues ese concepto es aplicable para productos o servicios.
Aunque fue dejada sin efectos la sanción por las publicaciones en redes sociales, se dejó la multa por la aparición de Mariana en el video de rock, junto con estrellas locales.
La Sala Superior consideró que en las publicaciones de Instagram fueron espontáneas y no había producción previa.
“En cambio, de lo señalado por la responsable en la sentencia impugnada, se aprecia que, en el caso del video, este fue producido de manera profesional y participaron cantantes profesionales, lo cual da un contexto y una connotación distinta al caso de las publicaciones en la cuenta de Instagram”, dice.
Por la aportación en especie ella debió haber cobrado unos 60 mil pesos que, al duplicarse, configuran el número de la cantidad a saldar.
En un video que publicó esta tarde desde la Ciudad de México, Samuel se congratuló por la nulificación de la “absurda multa” que les habían impuesto el INE.
“Se cierra el capítulo electoral, se enmienda la plana al INE y ahora sí a gobernar juntos por un nuevo Nuevo León”, dijo García.
No mencionó que aún queda por resolver la impugnación por la multa por 28 millones de pesos que le impuso el INE a MC por la alegada triangulación que hicieron familiares para fondear su campaña.