Quitan límite al pago de salarios caídos

Una nueva resolución de un Tribunal Federal declaró anticonstitucional el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo relativo a la limitación de salarios caídos, con lo que se abre la posibilidad de que estos puedan ser cobrados más allá del año que contempla la legislación laboral vigente.

Arnoldo Flores Haro, abogado laborista, explicó que el caso anterior se dio en un juicio de amparo, cuando el Tribunal Colegiado en materia de trabajo con sede en el Distrito Federal, condenó a una empresa que había sido demandada a pagar “todos los salarios caídos procedentes hasta que sea cubierto el laudo”.Explicó que la limitante que existe en la nueva Ley Federal del Trabajo es que acorde al artículo 48 de la misma, solamente deben cubrir salarios caídos por un plazo máximo de un año, lo que representó un gran cambio en los juicios laborales desde que la disposición entró en vigencia hace poco más de dos años.Sin embargo el Tribunal Colegiado en materia de trabajo, de referencia, consideró la limitante a los salarios caídos, violatoria a los principios de progresividad, justicia y equilibrio social que protege la constitución y los tratados internacionales que está obligado México a respetar.