- CIUDAD DE MÉXICO
"El consejo electoral excedió sus atribuciones al reglamentar una conducta tomando un precepto normativo que no regulaba el retiro de propaganda electoral previo a las campañas y precampañas electorales", resolvió.
En el resolutivo que elaboró el magistrado Juan Carlos Sánchez León, que fue aprobado por unanimidad, se indica que es infundado los lineamientos del Instituto Electoral de la Ciudad de México debido a que el artículo 397 del código electoral establece el retiro de propaganda electoral posterior a las campañas electorales y no previa a esta etapa o incluso antes de precampañas.
De acuerdo con el proyecto, actualmente no hay periodo de precampañas ni campañas, por lo que la instrucción de retiro no procede.