Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado la reforma del Código Penal en el Estado de México que castigaba la difusión de imágenes, documentos, audios y videos de cadáveres relacionados con una investigación penal, debido a la falta de precisión en su redacción. Los ministros de la Corte consideran que la norma puede interferir con la libertad de expresión y el libre ejercicio del periodismo, al no ser clara. La decisión da un mazazo a la llamada ‘Ley Ingrid’ aprobada por la Cámara de Diputados a nivel federal hace un año y deja la puerta abierta a que sea tumbada en otros estados, como la Ciudad de México.
La acción de inconstitucionalidad 136/2021 ha sido interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra del Artícuo 227 Bis del Código Penal mexiquense que señala que “al que por cualquier medio y fuera de los supuestos autorizados por la Ley audiograbe, comercialice, comparta, difunda, distribuya, entregue, exponga, envíe, filme, fotografíe, intercambie, oferte, publique, remita, reproduzca, revele, transmita o videograbe imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren relacionados con una investigación penal, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones que estos presentan, se le impondrán de tres a seis años de prisión y multa por un importe equivalente de 50 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
La Corte ha determinado que la reforma viola el principio de taxatividad, que no es lo suficientemente precisa para ser comprendida por sus destinatarios y, por lo tanto, podría dar pie a cualquier arbitrariedad por parte de las autoridades. “Si bien se estimó adecuada la intención de legislador de proteger a las víctimas a través de tipos penales que condenen el uso indebido de la información referida, el pleno concluyó que la redacción del precepto posibilita que cualquier persona fuera sancionada”, han señalado las ministras y ministros.
Uso de ley mordaza- “Las fiscalías podrían darle un uso de ley mordaza en el momento en que empezaran a procesar a los periodistas que hayan entrado en una relación de colaboración con las autoridades”, señalaba José Ramón Cossío, ministro de la Suprema Corte de Justicia entre 2003 y 2018, en una entrevista con El País.
- Según el jurista, uno de los mayores riesgos está en que la definición del delito en la ‘Ley Ingrid’ no es precisa y podría tener un “efecto inhibidor sobre el ejercicio periodístico” o de censura.