Revocan veto a vapeadores

Declara SCJN inconstitucional el decreto que prohibía la circulación y venta de cigarros electrónicos en el país

CIUDAD DE MÉXICO

La Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el decreto del Presidente Andrés Manuel López Obrador, de mayo de 2022, en el que prohibió la circulación y venta de cigarros electrónicos en el país.

Con tres votos contra dos, la Segunda Sala aprobó ayer un proyecto del Ministro Javier Láynez y concedió el primer amparo contra este decreto, que jueces federales han suspendido en favor de productoras, distribuidoras y vendedoras de dispositivos como los vapeadores y calentadores de tabaco. 

La Ministra Loretta Ortiz, ahora adscrita a la Primera Sala, regresó a la Segunda Sala para romper un empate y emitió el voto decisivo en favor del proyecto. 

El amparo sólo beneficia directamente a La Cabrería Grill, un restaurante de Cuernavaca, pero es previsible que los tribunales de todo el país que llevan litigios contra este decreto eventualmente protegerán a las empresas y personas que lo han impugnado. 

La sentencia indica que la prohibición absoluta, si bien tiene fines válidos de protección a la salud, no es una medida necesaria, pues la venta de cigarros electrónicos se puede regular de la misma forma que se hace con el tabaco.

“Desde el ámbito internacional existe una encomienda para que los estados, desde una lógica de Gobierno abierto y transparencia, emitan regulaciones que permitan generar una cultura de consumo responsable de los productos prohibidos por el decreto”, explica el fallo, en alusión a recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para restringirlos como se hace con los cigarros tradicionales.

La Sala retomó la jurisprudencia que el Pleno de la Corte fijó en octubre 2021, cuando estableció que es inconstitucional la prohibición de “productos similares al tabaco” prevista en la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT).