CIUDAD DE MÉXICO.-El Tribunal Electoral confirmó la multa por 403 mil pesos que el INE impuso al ex Gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez, por recibir aportaciones indebidas durante su campaña presidencial por 7 millones 512 mil 797 pesos.
La Sala Superior determinó que el procedimiento administrativo oficioso no prescribió ni caducó porque se inició y se resolvió dentro del plazo previsto, pues "El Bronco" aseguraba que el caso debió cerrarse por agotarse los tiempos legales.
"Son inoperantes los planteamientos del apelante sobre la inexistencia de la infracción de las personas físicas que se dedican al comercio informal, ya que no controvierte las razones de la responsable para probar que los aportantes tenían la calidad de personas físicas con actividad empresarial.
"La responsable de forma correcta valoró la capacidad económica del recurrente en la imposición de la multa. Además, el actor omite aportar evidencias para demostrar una capacidad distinta o lo excesivo de la sanción", resolvieron los magistrados por unanimidad.
El INE determinó que por las irregularidades "El Bronco" merecía una multa de 13 millones de pesos, pero se observó que tiene recursos por 2.9 millones, por lo que sólo se le aplicará una sanción del 3 por ciento.
En su campaña presidencial, el ex Mandatario, quien estuvo preso por presunto desvío de recursos públicos, recibió aportaciones en recursos y en especie de personas morales, lo cual está prohibido, así como donaciones no identificadas o no comprobadas, además de mentir sobre ingresos.
"Se realizó la triangulación de recursos en efectivo de personas morales a personas físicas, para que, posteriormente, las personas físicas aportaran en efectivo al sujeto obligado.
"Se evidencia el uso de un esquema sistemático y organizado para hacer pasar ingresos de dinero en trasferencias, como supuestas aportaciones de simpatizantes al otrora candidato independiente", determinó el INE en septiembre pasado
Por las irregularidades, el Instituto dará vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, al SAT y a la Unidad de Inteligencia financiera, para determinar si existe un delito. Rodríguez argumentó que esto era arbitrario.
Sin embargo, la Sala Superior determinó que dichas vistas no le generan afectación.