Aprueba UNAM quitar título a plagiarios

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) avaló reformas para detectar, procesar y sancionar a aquellos a los que se les comprueben prácticas deshonestas en trabajos académicos

  • CIUDAD DE MÉXICO

Con estos cambios, tras confirmarse irregularidades como el plagio de tesis, la institución podrá anular exámenes, grados o títulos a los infractores, aunque sean exalumnos.

 Estas modificaciones, que se discutieron este jueves en el Pleno del Consejo Universitario, fueron realizados tras el polémico caso de plagio de tesis de la Ministra Yasmín Esquivel, el cual puso en boca de la opinión pública a la máxima casa de estudios superiores del país ya que no lo tenía contemplado en su legislación.

 Los ordenamientos a ser modificados son el Estatuto General y los reglamentos generales de Estudios Universitarios; de Exámenes y del Sistema Bibliotecario y de Información de la UNAM

También se ajustan los reglamentos del Tribunal Universitario y el de la Comisión de Honor.

Las reformas fueron aprobadas en sesión ordinaria y pasaron a ratificación en sesión extraordinaria, donde se votó a favor.

 Desde diversos ámbitos de la sociedad se advirtió sobre la necesidad de que la UNAM cambiara su normativa para evitar faltas entre la comunidad universitaria y prevenir el plagio de tesis.

 En enero pasado, mediante una carta, 33 firmantes, entre académicos, estudiantes y el respaldo de algunos consejeros, pidieron al Consejo Universitario que solicitara la intervención de la Comisión de Honor y Justicia para obtener sanciones a Esquivel, en cuyo trabajo de tesis se confirmó plagio, y acciones para fortalecer la confianza en la institución.

Ya no bastará con la protesta, habrá que firmar 

Raúl Contreras, como integrante de la Comisión de Legislación y director de la Facultad de Derecho, explicó los alcances de este paquete de reformas al Estatuto General y a reglamentos.

Ahora, no bastará con tomar protesta a los estudiantes, estos, tendrán que firmar el compromiso de que sus trabajos serán legítimos, pues de lo contrario, todo su proceso para graduarse y lo obtenido quedará anulado.

 Al tomar el uso de la palabra en la sesión, el directivo explicó que la Comisión tuvo especial cuidado en que esta reforma no tenga un carácter punitivo, pero también denotó que eran necesarias estas acciones.

{"quote":" \"La UNAM sigue confiando en la buena fe de sus integrantes, se trata de una reforma legislativa trascendente que responde a la necesidad de actualizar nuestras normas autonómicas para procurar evitar la falta de integridad y honestidad académica en todas sus vertientes\", aseveró."}, .


Contreras afirmó que en México hay 40 instituciones de educación superior dotadas de autonomía y aseveró que al momento, ninguna tiene previsiones reglamentarias como las que esta reforma contempla.

 Con esta, se modificará el artículo 5 del Estatuto que dispone que la UNAM podrá declarar la nulidad absoluta de certificados, diplomas, títulos o grados cuando no se cumplan los requisitos normativos exigidos.

{"quote":" \"Esta era una laguna que se tenía en la legislación y que estamos llenando en el Estatuto, que es la disposición legislativa más importante de la universidad a que podemos nosotros legislar. La reforma a partir de lo que ya disponía el artículo 7 en su actualidad extiende sus efectos para incluir también a los graduados en todos los alcances que esta reforma aspira a tener\", precisó."}, .


 Para en el Estatuto la importancia o jerarquía del Código de Ética se modificaron los artículos 7 y 90.

 Y se establecerá la obligación de los alumnos de que antes de titularse, deberán suscribir la protesta universitaria de integridad y honestidad académica y profesional, para aceptar que en caso de que se detecte una falta de ello, se dejen sin efecto los actos realizados. Estas disposiciones se insertan en las fracciones quinta y sexta del artículo 87.

 Tras la comprobación hasta la expulsión de la UNAM

 Asimismo, los alumnos que cometan alguna falta de integridad y se declare la nulidad de su examen, título o grado, podrán optar nuevamente por alguna modalidad de titulación, siempre y cuando lo determinen así los Consejos Técnicos, quienes tendrán que valorar la gravedad en cada caso.

 Esto está establecido en la fracción sexta del artículo 87, pero además se agregará como responsabilidad de los profesores el incumplimiento de la integridad académica en la supervisión y seguimiento de pruebas, exámenes, trabajos de manera particular en la elaboración de tesis y artículos académicos.

 De igual manera se señala como responsabilidad de los alumnos y graduados prestar o recibir ayuda fraudulenta en la titulación o examen de grado y se prevé la nulidad del examen sustentado después de un proceso de revisión. Esto queda establecido en el artículo 97 fracción tercera.

 A su vez, la reforma propone que en el artículo 98 se agregue como sanción a los alumnos la expulsión definitiva de la universidad, y no sólo de una facultad o escuela, como en la actualidad se establece.

 La reforma incluye la modificación a los artículos 61 y 68 así como la adhesión a los incisos g y h del artículo 62 del Reglamento General de Estudios Universitarios para que los Consejos Técnicos tengan la facultad de establecer mecanismos para garantizar el nivel de pensamiento crítico y analítico desarrollado y la autoría original de los trabajos académicos.

 También estos podrán determinar en los casos de la unidad de exámenes los requisitos para la procedencia de aprobar un posible segundo proceso de titulación de graduación previa el estudio y valoración del caso.

 El artículo 68 refrenda la obligación del alumno de suscribir la protesta universitaria de integridad y honestidad académica y profesional antes de la expedición del título o grado.