- CIUDAD DE MÉXICO
Durante el conversatorio sobre la propuesta de hacer una consulta para que la gente diga si los ministros deben ser electos, explicó los inconvenientes para que pueda concretarse.
Dijo que sin presentar opiniones personales, sino con base en los criterios que ha tomado la Corte, hay elementos sólidos para creer que no procedería la pregunta para la consulta popular.
Precisó que la pregunta puede considerarse de índole electoral, lo que está prohibido al momento de realizar las consultas."Hay argumentos buenos o sólidos para que la Corte, en el momento en que se le plantee la pregunta, la elección de ministros es materia electoral y, en consecuencia, no se puede llevar a cabo la reforma por la vía de la consulta popular", explicó.
Recordó que hay jurisprudencia derivada de acciones de inconstitucionalidad, como la 87/2009 y la 8/2011, donde se advierte que la elección de algunos servidores públicos que no sean de representación popular es considerado también materia electoral.
Abundó que habría elementos de tipo electoral, tanto si los ministros son propuestos por los partidos políticos o si hay un proceso de propuestas por medio de instituciones u otras vías.
En su exposición también citó criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, relativas a la destitución de miembros del Poder Judicial, que podrían tomarse en cuenta sobre la propuesta de elegir por voto a los ministros de la Corte.
Detalló que la Constitución señala que las consultas populares no aplican para la restricción de derechos humanos, tratados internacionales ni las garantías para su protección.
Indicó que, de acuerdo a la jurisprudencia de la CIDH, la condición de independencia judicial es parte de las garantías de los derechos humanos.
Manifestó que debe analizarse si la modificación en el sistema de designación de los ministros, por medio de una elección, puede afectar o no esta condición de independencia judicial.
Mencionó a los diputados que esto es el "punto fino" sobre el cual hay que poner énfasis.
La consulta, subrayó, podría tener un potencial "distorsionante" o "violatorio" de garantías jurisdiccionales de los derechos humanos.