- TOLUCA, Méx.
Se trata del procedimiento por el que se declaró la inexistencia de la violación de del Moral Vela, derivada de la omisión de retiro de vinilonas de propaganda; de una sentencia que determinó la inexistencia de la infracción relativa a la omisión de retirar propaganda en Tenancingo Degollado; y un procedimiento que concluyó que no existe responsabilidad por parte de la candidata por la omisión de retirar propaganda de precampaña en diferentes lugares del municipio de Metepec.
Los proyectos se avalaron por mayoría de 3 votos contra 2. Durante el debate, la magistrada Janinne Otálora señaló que las sentencias confirman que la candidata no tiene responsabilidad, pues la omisión de retirar propaganda es del partido, y agregó que "no existen elementos para suponer que conocían de la indebida colocación de la propaganda".
Entre los magistrados que votó en contra, destaca el Magistrado Presidente Reyes Rodríguez Mondragón, quien consideró que "sí es posible concluir que las precandidatas son responsables de cumplir con esta regla".
Rodríguez Mondragón, junto con Indalfer Infante, propuso revocar las sentencias a fin de que la autoridad local emita una nueva para definir la responsabilidad en que incurrieron las candidatas, sin embargo, fue rechazada.