CIUDAD DE MÉXICO.-El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito declaró, por unanimidad, inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal de Jalisco.
Al resolver el Amparo en Revisión 344/2023 ordenó además al Congreso estatal derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido.
En un comunicado, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), promotor del amparo, destacó que con la resolución Jalisco se convertirá en la decimotercera entidad en despenalizar el aborto.
"Este logro es parte de una estrategia jurídica nacional impulsada por GIRE en colaboración con otras organizaciones a principios de 2022 con el objetivo de que a ninguna mujer, hombre trans o persona no binaria gestantes, ni al personal de salud o a las personas que acompañan, se les criminalice por aborto", afirmó.
"Aplaudimos los pronunciamientos novedosos emitidos por el Tribunal Colegiado en materia de laicidad, igualdad y no discriminación, así como de la importancia de la autonomía individual, reproductiva y el vivir de manera libre de estereotipos de género e imposiciones".
El amparo, detalló, fue presentado por el Centro de Acompañamiento, Desarrollo e Investigación Feminista: el Centro de la Diversidad y los Derechos Sexuales; Omeyocan, Psicoterapia, Sexología y Desarrollo; el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, y el Colectivo Latinoamericano Emma Goldman.
GIRE explicó que el recurso se basó en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia que, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 sobre el delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, el 7 de septiembre de 2021, determinó la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del aborto consentido.