Definirá Corte quién debe resolver impugnaciones sobre PJ

El argumento del INE es que los jueces no tienen competencia para frenar actos de naturaleza electoral y sus suspensiones impiden la función de las autoridades especializadas en esta materia.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinará si las impugnaciones contra las suspensiones de la reforma judicial deben resolverlas los tribunales colegiados de circuito o el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El máximo tribunal admitió a trámite una solicitud de los magistrados del Tribunal Colegiado de Circuito de Colima, en la que piden a los ministros pronunciarse sobre cuál es el órgano jurisdiccional competente para dictaminar las quejas y los recursos de revisión contra las suspensiones de la reforma.

Al mismo tiempo, turnó el asunto al Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena para que elabore el proyecto de sentencia que deberá ser votado por el Pleno de la Corte, según el acuerdo publicado hoy en listas.

La solicitud de los magistrados responde a que el pasado 6 de octubre, el Instituto Nacional Electoral (INE) demandó al TEPJF revocar las suspensiones de los juzgados de distrito contra la reforma y la elección judicial del año entrante.

El argumento del INE es que los jueces no tienen competencia para frenar actos de naturaleza electoral y sus suspensiones impiden la función de las autoridades especializadas en esta materia.

En el juicio electoral promovido, el Instituto pidió al Tribunal Electoral la medida de protección provisional para permitirle continuar con la organización del proceso extraordinario 2024-2025 para la elección de jueces de distrito y magistrados de circuito.

"Las autoridades responsables carecen de competencia para pronunciarse sobre normas generales y actos de contenido materialmente electoral, al tiempo que dichos mandamientos y sus efectos constituyen una invasión de atribuciones constitucionalmente conferidas a la SCJN y a las Salas del TEPJF y están encaminados a la obstaculización de la función estatal de organizar elecciones conferida al INE", indica el recurso del INE, turnado al Magistrado Felipe de la Mata.

La SCJN acordó requerirle al Tribunal de Circuito de Colima los documentos del caso del cual deriva su solicitud y también ordenó pedirle al TEPJF un informe y la documentación de sus actuaciones que se pretenden controvertir.

Los amparos que han generado esta disputa legal son los presentados en Colima por la Fundación Iris en promoción y defensa de los Derechos Humanos, Asociación Civil.

El 24 de septiembre pasado, en una de sus demandas, Francisco García Contreras, Juez Segundo de Distrito en la entidad, concedió una suspensión en la que ordenó al INE detener los preparativos para la elección judicial de junio de 2025.

Después lanzó a ultimátum para que el instituto cumpliera con esa orden y amenazó con imponerle una multa de 54 mil 285 pesos y denunciar penalmente a los 11 consejeros del si no acataban esa suspensión.

El 3 de octubre, el Tribunal Colegiado de Circuito en Colima confirmó la suspensión que ordena detener la elección de juzgadores y precisó que la determinación tenía efectos generales, no sólo para una fundación que promovió el amparo.