- CIUDAD DE MÉXICO
Martín Santos, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, destaca que con fundamento en los artículos 125, 128, 130 y 138 de la Ley de Amparo, con copia de la demanda de amparo y anexos relativos a la demanda promovida por propio derecho contra actos del jefe del Ejecutivo federal y otras autoridades, se forma el incidente de suspensión correspondiente al juicio de amparo.
El juez indica que con fundamento en el artículo 138, fracción III, de la Ley de Amparo, se requiere a las autoridades responsables sus informes previos, que deberán rendir en un plazo de 48 horas, para cuyo efecto se ordena remitirles copia del escrito inicial de demanda, además se les apercibe que, de no hacerlo sin causa justificada, se impondrá multa de 100 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
En julio la senadora panista requirió a un juez de la Ciudad de México, la protección de la justicia por declaraciones del Presidente haciendo calificaciones en perjuicio de los derechos humanos desde la conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional.