- CIUDAD DE MÉXICO
En el informe de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal relativo a la acción de inconstitucionalidad 129/2023 que analiza la SCJN, la dependencia destacó que con la actualización de la norma ahora debe realizarse consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, a los pueblos y comunidades indígenas para obtener su consentimiento en el otorgamiento de concesiones mineras.
Por ello, dijo la Consejería en un comunicado, es cuestionable que los legisladores de oposición se opongan a que la Ley garantice la realización de este tipo de consultas a la población indígena, así como al pago que deben realizar los concesionarios a las comunidades por el uso de sus tierras y aguas.
"El decreto impugnado permite recuperar la rectoría del Estado sobre los recursos minerales e hídricos que se encuentran en el subsuelo mexicano y que son del dominio directo de la nación".
Acusó que el pretender invalidar esta reforma solo responde a los intereses económicos privados y no al beneficio colectivo de las comunidades."Los diputados de oposición se niegan a reconocer que el Estado mexicano cuenta con capacidad técnica y científica para la exploración de minerales. Desconocen que, desde 1944, inició la investigación sobre los recursos minerales en el territorio nacional. Con el Servicio Geológico Mexicano se ha fortalecido esta capacidad".
Por ello es necesario que, así como los representantes de los intereses de los concesionarios mineros impugnan la ley, sus beneficiarios defiendan ante la SCJN los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como los beneficios que en materia ambiental establece la reforma impugnada.
"De declararse su invalidez, se estaría manteniendo una situación injusta que sólo favorece a unos cuantos grupos de interés privado que se niegan a asumir su responsabilidad social", advirtió.