Confirma AMLO intención de cabotaje con nueva iniciativa

Con una nueva iniciativa, el Ejecutivo Federal confirmó su intención de que entren al País las aerolíneas extranjeras para dar servicio al mercado interno, al tiempo de que prevé facultades a la Secretaría de la Defensa Nacional para interceptar aeronaves que realicen vuelos clandestinos

  • CIUDAD DE MÉXICO

 Aunque estaba en "pausa" el tema de cabotaje en la Cámara de Diputados, con la posibilidad de no discutirlo y sacar adelante otras disposiciones sobre aviación civil, el Ejecutivo planteó nuevas disposiciones para regular la operación de las aerolíneas extranjeras en el mercado interno.

 En la sesión de este martes en la Cámara de Diputados, en la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa del Ejecutivo Federal de reformas a las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, de Aeropuertos y de Aviación Civil en materia de Protección del Espacio Aéreo Mexicano.

 En la Ley de Aviación Civil se indica que las aeronaves para uso particular extranjeras pueden sobrevolar el espacio aéreo nacional y realizar aterrizajes y despegues en territorio mexicano, siempre que cuenten con la autorización de la Agencia Federal de Aviación Civil.

 Sin que aún se haya cancelado la prohibición del cabotaje en la legislación actual y en espera de que se discuta una primera iniciativa que le da entrada, la nueva propuesta del Ejecutivo establece sanciones a las aerolíneas extranjeras.

 "Las infracciones a lo dispuesto en la presente ley, cometidas por la persona concesionaria, asignataria, operadora aérea o permisionaria, según se trate, serán sancionadas por la Agencia Federal de Aviación Civil.

{"quote":" \"Numeral VIII, practicar el cabotaje en territorio nacional sin que la persona permisionaria extranjera cuente con la autorización a que se refiere el artículo 17 ter de esta ley, con una multa de 10 mil a 25 mil Unidades de Medida y Actualización\", señala la iniciativa presidencial."}, .


 Agrega que cuando el cabotaje sea detectado por la Agencia Federal de Aviación Civil, en el momento en que se esté cometiendo o dentro de las siguientes 24 horas de haberse cometido, la mencionada autoridad podrá decretar la suspensión temporal e inmediata de operaciones de la aeronave, ante el riesgo inminente de que la persona permisionaria extranjera realice cualquier maniobra tendente a evadir la imposición de la sanción.

 En tal caso, el Comandante del aeropuerto debe instrumentar el acta circunstanciada.

 Se agrega que el infractor cuenta con un plazo de 60 días hábiles siguientes a la fecha en que se haya ordenado la suspensión temporal, para tramitar la autorización correspondiente, la que se otorgará en caso de que cumpla con lo que dispone el artículo 17 ter. E

 "En caso de no hacerlo en ese plazo, la suspensión tendrá carácter de definitiva y se aplicarán las sanciones que correspondan. Los gastos que se generen con motivo de la suspensión de operaciones de la aeronave correrán a cargo de la permisionaria extranjera infractora", precisa la iniciativa.

 En la misma ley, se precisa que las secretarías de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y de la Defensa Nacional, ésta en su carácter de coordinador del Sistema de Vigilancia y Protección del espacio aéreo coordinarán sus acciones para la "intercepción de aeronaves" que realicen un vuelo clandestino, de conformidad con disposiciones jurídicas aplicables.

{"quote":" \"Cuando el empleo de una aeronave amenaza la seguridad de la aviación, la Secretaría de la Defensa Nacional coadyuvará con la Secretaría (SICT) para garantizar la protección del espacio aéreo\","}, .


 En la Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea Mexicanos se establece la creación de un Estado Mayor de la Fuerza Aérea como el órgano técnico colaborador inmediato del Comandante de la Fuerza Aérea, para auxiliarlo en la planeación y coordinación de las misiones que tenga a su cargo y transforme las decisiones en órdenes, directivas e instrucciones, verificando su cumplimiento

 La iniciativa precisa que la Fuerza Aérea tiene a su cargo las acciones de defensa del espacio aéreo nacional, conducir operaciones de inteligencia aérea, establecer zonas de vigilancia y protección del espacio aéreo nacional, y control de las operaciones aéreas.

 "La Sedena coordinará a las dependencias que participen en garantizar la seguridad del espacio aéreo en el territorio mexicano, con el fin de identificar y neutralizar el uso de aeronaves y terminales aeroportuarias que violen la normativa en materia de navegación aérea y prevenir amenazas para la seguridad nacional.

 "Se plantea que ante la necesidad de brindar mayor seguridad en el espacio aéreo del país, se amplíen dentro de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de la Ley de Aviación Civil aquellas facultades que permitan a la Sedena coordinar las acciones para garantizar la seguridad del espacio aéreo, con el fin de prevenir, inhibir y actuar ante la ocurrencia de actos ilícitos en contra de las operaciones aeronáuticas que puedan afectar la seguridad nacional, en concurrencia con las autoridades civiles", explica la iniciativa del Ejecutivo federal.