Reprueban abogados decretazo de Obrador

´Condenamos cualquier acto que desconozca, ignore o vulnere la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues ello vulnera el equilibrio constitucional´

El Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México reprobó la insistencia del Presidente Andrés Manuel López Obrador en declarar la información de las obras emblemas de su Gobierno como de seguridad nacional.

A través de un pronunciamiento firmado por el presidente de este colegio, Arturo Pueblita Fernández, y respaldado por organizaciones internacionales de abogados, pidió respeto a las decisiones de los jueces y tribunales porque, de lo contrario, se abriría camino a la imposición de "la ley del más fuerte".

Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la controversia constitucional 217/2022 en la que analizó la constitucionalidad del acuerdo, popularmente conocido como "decretazo" de López Obrador, para catalogar distintas obras y proyectos prioritarios como de interés público y de seguridad nacional. 

Determinó, por mayoría calificada, la invalidez de esta declaratoria, al considerar que transgredía el derecho a saber e invadía la facultad del INAI para delimitar los alcances de la seguridad nacional y en interés público.

"Con sorpresa advertimos que en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, el Poder Ejecutivo decretó nuevamente como de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, entre otras actividades relacionadas con el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; Chetumal y Tulum, Quintana Roo; contraviniendo, en un nuevo decreto, lo resuelto por la Suprema Corte", expuso el Colegio.

CONDENAN

"Condenamos cualquier acto que desconozca, ignore o vulnere la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues ello vulnera el equilibrio constitucional. La reforma constitucional en materia judicial del 11 de marzo de 2021 y específicamente el párrafo 12 del artículo 94, ordenó expresamente reconocer la obligatoriedad de las razones que justifiquen las decisiones contenidas en las sentencias dictadas en el Pleno de la Suprema Corte".

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