- CIUDAD DE MÉXICO
Además, estableció que los partidos políticos nacionales deberán valorar la postulación de personas inscritas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, pero no será un impedimento para buscar la candidatura.
Sin embargo, puntualizó que no podrán postularse personas con sentencia firme por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Lo anterior está contemplado en los lineamientos para la elección consecutiva de diputaciones y senadurías en el proceso electoral de 2024.Si bien no es obligatoria la separación del cargo, deberán notificar su intención de reelegirse tanto al INE, así como a la respectiva Cámara del Congreso, por conducto de su Secretaría General y su Junta de Coordinación Política, así como a la dirigencia de su partido.
El INE también podrá negar el registro de la candidatura o cancelarla, en caso de determinar que los legisladores utilizaron módulos de atención ciudadana u oficinas para llevar a cabo actividades que pudieran constituir irregularidades o ilícitos que incidan en la equidad de la contienda. Además, está prohibido que un módulo de atención u oficina de gestión de una persona legisladora se adecue o utilice para actividades proselitistas.
En caso de que decida abrir una oficina específica para su actividad proselitista, deberá informar al INE sobre la ubicación de la misma, los servicios que proporcionará, horarios de atención; fuentes de financiamiento para el sostenimiento de dichas instalaciones y el personal que laborará en dicha oficina.
Las personas legisladoras que decidan contender por la elección consecutiva deberán hacerlo por la misma entidad federativa, distrito electoral federal o circunscripción por la cual fueron electas.
Los legisladores podrán buscar la reelección por un partido diferente al que los postuló en la elección pasada, con la condición de haber renunciado a su militancia o grupo parlamentario a más tardar en la mitad de su periodo.
Es decir, en el caso de los senadores la fecha límite para cambiar de grupo parlamentario fue el 31 de agosto de 2021; y en el caso de diputaciones, el 28 de febrero de 2023.
En manos de partidos políticos, decisión de postular a legisladores sancionados por violencia política de género: Taddei
La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, señaló que será responsabilidad de los partidos políticos valorar si postulan para reelección a algún legislador sancionado por violencia política de género, ya no existe un impedimento para tener una candidatura.
En entrevista al término del Consejo General, sostuvo que el INE no está siendo permisivo con las personas que hayan cometido violencia política, sino que se está apegando a lo establecido en la ley.
"No estamos permitiendo ni siendo permisivos para violentadores. Venimos trabajando hace año a favor de las mujeres, esto no puede estar sucediendo ahorita, no es novedad. Estamos a favor de las mujeres, pero hay que hacerlo en el marco de la legalidad", expuso.
Precisó que únicamente cuando haya una sanción administrativa que establezca que el legislador o legisladora pierde sus derechos para ser postulados, estaría impedido para buscar la reelección.
"Los partidos harán su propia valoración. Para algunas partes deberá suficiente con que estén en el registro (para no postular); para otros, tendrá que ser necesario que está establecido en sentencia firme que pierden sus derechos políticos", expresó.