CorteIDH le recuerda a Perú que no debe liberar a expresidente Fujimori

La Corte Interamericana de Derechos Humanos le recordó a Perú su mandato que impide liberar al expresidente Alberto Fujimori

La Corte Interamericana de Derechos Humanos le recordó a Perú su mandato que impide liberar al expresidente Alberto Fujimori, preso por delitos de lesa humanidad, luego de que el Tribunal Constitucional del país sudamericano se pronunció a favor de su excarcelación.

OFICIO

En un oficio que se conoció el jueves, la denominada Corte IDH —con competencia en 20 países de América— le pidió al Estado peruano un informe sobre lo ordenado por ese fuero el 7 de abril de 2022, cuando dispuso que Perú "debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo del 2022 que restituye los efectos del indulto por razones humanitarias" concedido a Fujimori en diciembre de 2017.

  • La Corte IDH —que dio plazo hasta el 6 de diciembre para que se le remita ese informe— hizo el requerimiento tras recibir comunicaciones de los representantes de las víctimas de los crímenes por los que está condenado Fujimori quienes alertaron sobre la posibilidad de liberación del exmandatario tras un pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC).

El TC consideró esta semana que se retiraron todos los obstáculos para que se ejecute un indulto presidencial concedido a Fujimori en 2017 por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018).

El presidente del TC, Francisco Morales, adujo que "se debe proceder a cumplir" con "la inmediata libertad del señor Fujimori", pese al mandato de la Corte IDH, que ordenó no aplicar el indulto luego de que el Poder Judicial lo encontró inválido por irregularidades.

Fujimori cumple una condena a 25 años de prisión como autor intelectual de 25 asesinatos y lesiones graves durante su gestión (1990-2000) atribuidos a un escuadrón militar clandestino.

En abril de 2022 la CorteIDH impidió la liberación de Fujimori ordenada por el TC al revivir el indulto de 2017.