CIUDAD DE MÉXICO.-El reconocimiento de 88 nuevos padecimientos laborales generará costos para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y para las empresas si se eleva su registro de siniestralidad, advirtió Marcela Calderón, experta de KPMG.
Afirmó que en la nueva tabla de enfermedades se incluyeron temas de padecimientos mentales como el burnout, ansiedad y trastornos del sueño, las cuales pueden causar invalidez al colaborador.
"Esto implica que se tienen que cumplir obligaciones vinculadas a enfermedades profesionales. El IMSS será el que en caso de una enfermedad de este tipo tendrá que cubrir los subsidios durante el periodo de enfermedad y por otro lado, en caso de una invalidez se tiene que cubrir el pago de pensión y es el IMSS el que la va a pagar. Hay costos vinculados con la unción que tiene el IMSS", subrayó.
Agregó que en el caso de las empresas, si ocurren diversos accidentes o enfermedades elevan su registro de siniestralidad y eso repercute en las primas que las firmas pagan al Instituto.
"Esto es qué tantos accidentes y enfermedades tiene la empresa y en función de eso va a pagar sus cuotas al seguro social, con una tasa que puede ser mayor o menor", explicó.
Entre los padecimientos que se incluyeron están el Covid-19; enfermedades psicosociales, como el estrés grave y los trastornos de ansiedad; y enfermedades específicas de la mujer, como la pérdida del embarazo y la endometriosis.
También se amplió el espectro de cánceres de origen laboral, que fue de cuatro a 30, y las enfermedades por intoxicaciones, de 36 a 46.
"Pero hay casos cuestionables como la influenza pandémica, donde el profesional está vinculado con otras actividades y están con el público en general y ahí se cuestiona qué tanto está vinculado con la empresa o qué tanto con una situación tercera", afirmó Calderón.
Añadió que el catálogo se actualiza de acuerdo a como ha ido evolucionando el uso de sustancias y aparatos electromagnéticos pero se incorporan enfermedades que pueden tener un origen no necesariamente laboral.
Las tablas y el catálogo serán revisados al menos cada cinco años o cuando el progreso y los avances de la medicina del trabajo lo requieran, asegurando así su revisión y actualización continua.