Hasta el 31 de marzo de este 2024 se amplió el plazo para tener la nueva versión del complemento carta porte.
El Servicio de Administración Tributaria informó que el periodo de convivencia de las versiones 2.0 y 3.0 sería hasta el 31 de diciembre de 2023, sin embargo, con el objetivo de que puedan adaptarse a la nueva versión, los contribuyentes podrán seguir emitiendo sus facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.
Cabe señalar que el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones, que para tal efecto prevé la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a quienes no emitieron sus comprobantes fiscales digitales por Internet (cfdi) con complemento carta porte.
El complemento carta porte es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes o mercancías, ya que contiene toda la información relacionada con el transporte, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como el medio por el que se mueven, ya se aéreo, marítimo, ferroviario o autotransporte.
Este complemento es obligatorio desde el 1 de enero de 2022 y las personas físicas y morales pueden generar sus facturas electrónicas con complemento carta porte a través de los servicios gratuitos de facturación del SAT.
Las autoridades del SAT piden a los contribuyentes aprovechar el plazo para tener el documento fiscal.