La Suprema Corte de Justicia ejerció su facultad de atracción para resolver, como última instancia, la demanda civil de la cantante Sasha Sokol contra el productor Luis de Llano, a quien reclama una disculpa pública e indemnización por abuso sexual que inició cuando ella tenía 14 años, así como por declaraciones que la han revictimizado.
Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte aceptó la propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez para atraer el amparo directo promovido por De Llano para impugnar una condena dictada en septiembre de 2023 por la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
Según Sokol, en esa sentencia se condenó a De Llano a disculparse, no volver a mencionarla, tomar un curso especializado en prevención de conductas de abuso sexual y pagar una indemnización por reparación del daño, que se fijaría en una etapa posterior del juicio, y que la cantante donaría a una asociación civil que se dedica a prevenir este tipo de abusos contra menores.
El amparo de De Llano ordinariamente hubiera sido resuelto por un tribunal colegiado de circuito, pero la Corte lo atrajo, por considerar que hay temas de interpretación constitucional que ameritan su intervención, para fijar precedentes relevantes.
Se desconoce públicamente cuáles son los temas que motivaron la atracción, pues el proyecto para ejercerla no fue difundido, y el asunto fue votado sin mayores comentarios durante la sesión de la Sala, lo que es común en decisiones unánimes.
"El juicio será resuelto por ministras y ministros del más alto tribunal del país, haciendo posible que se pronuncien sobre cuestiones constitucionales de gran trascendencia para menores de edad, víctimas de abuso sexual, fijando así precedentes obligatorios que permitan a otras víctimas ejercer su derecho a que se establezca la verdad y se les reparen los daños", escribió Sokol en sus redes.
"Confío en las autoridades judiciales y en que pronto llegará el final de este largo recorrido, cuando Luis de Llano tenga que aceptar por fin su culpabilidad y las consecuencias de sus actos", agregó.
Tanto la Corte como el tribunal colegiado que tramitó el amparo de De Llano han censurado en sus notificaciones públicas todos los datos personales de los involucrados en el litigio, por lo que la única referencia es el mensaje de Sokol en X.