(Tercera y última parte)
Una vez que se rindieron Agustín Sánchez y el mozo Francisco Peña, Pablo Luna les pidió a sus acompañantes que registraran las prendas, la ropa que vestían y el sitio donde habían estado acampados hasta esa mañana del domingo 30 de noviembre de 1890. En ninguna parte de ese lugar encontraron el prendedor con brillantes del coronel Nieves Hernández. Los inculpados solo llevaban dos pesos en centavos de cobre, los cuales los llevaba el mozo en su pantalón. A Agustín Sánchez le recogieron la carabina calibre 12 de Pedro de León y a Francisco una pistola de seis “parques metálicos” y dos dagas.
Desde el Charco del Granjeno los tres vecinos se regresaron para el rancho de Valerio, después del arresto de Agustín Sánchez y el mozo Peña. El Juez de Auxiliar de ese rancho se los había asignado a los señores Pablo Luna y Esteban García cuando le habían enseñado el exhorto para la captura. Estos últimos de ahí se regresaron para Reynosa con los dos presos y se dirigieron primero hacia El Charco Escondido.
Eran como las cuatro de la tarde cuando llegaron a pernoctar en esa comunidad rural. Luna y García buscaban solicitar al Juez Auxiliar de ese lugar para asegurar a los detenidos. Pero al no encontrarlo fueron a la casa de don Trinidad Gutiérrez para pedirle un espacio donde encerrar a Agustín durante la noche. Al mozo Francisco Peña lo dejaron por fuera del jacal donde estaban las bestias, pues no se tenía sospecha que estuviese involucrado en el robo de la joya y no se le redobló su vigilancia esa noche como a Agustín.
El escape de Francisco Peña
Esteban García había pedido una remuda durante la persecución de Sánchez el día anterior dejando su caballo, por lo que al regresar a El Charco Escondido hizo agencias para que se lo devolvieran. Pero no estaba la bestia en ese lugar a la mano en ese momento, porque se la habían llevado a un rancho. Esa fue la razón por lo que esperaron esa noche en esa comunidad, dando tiempo que la trajesen. Ahí, los rastreadores le devolvieron la carabina a Pedro de León, la cual se la había prestado a Agustín Sánchez.
Esteban mencionó que, ya cuando amanecía le pidieron al mozo Francisco, que se encontraba fuera del jacal, trajera unos leños de un montón que se encontraba a un lado de la cocina. Lo escucharon quebrando la leña. Pero al no oír nada se asomaron, viendo un falsete que había en la cerca por donde se había largado, dejando a las tres bestias: dos caballos y una yegua. Además, abandonó su montura, una maleta, un morral, una pistola, una daga, una navaja y un “sobretodo” de mucho uso. Sobre esto, Pablo Luna declaró que el escape del mozo había sucedido a las tres de la madrugada y que no se había llevado no más de dos pesos, los cuales se los había registrado cuando lo detuvieron en el Charco el Granjeno.
Esteban García con los vecinos Justo Gutiérrez, su hijo Trinidad, Reducindo Garza y Pedro de León se fueron a buscar a Francisco Peña, siguiéndole sus huellas. Don Justo Gutiérrez advirtió que las huellas de Peña entraron por una labor que iba hacia el camino de Matamoros. La siguieron hasta que volvió a salir de la labor, continuando Peña por el camino de Matamoros.
De ahí se devolvieron, llegando Esteban García y sus asistentes a las 10 de la mañana a El Charco, en donde ya estaba el caballo listo. Informaron que la huella de Peña los llevaba rumbo a Matamoros. Pablo Luna recomendó a Pedro de León y a los otros de la comisión, que continuaran haciendo pesquisas en los ranchos de abajo, para ver si se lograba la aprehensión de Peña.
La entrega del inculpado
Pablo Luna y Esteban García salieron en el acto hacia la villa de Reynosa con el prisionero Agustín Sánchez. Llegando en la tarde, lo pusieron a disposición del coronel Nieves Hernández, con las prendas de Sánchez y de Peña, junto con las tres bestias y las dos monturas. Luna entregó a Sánchez en el Cuartel del 5º Cuerpo de Caballería.
El día martes 2 de diciembre, el coronel Nieves Hernández redactó un oficio donde hacia la entrega al Juzgado de Reynosa del prisionero Agustín Sánchez. Este había sido entregado en su comandancia por Pablo Luna y Esteban García. El arresto era el resultado del exhorto liberado por el mismo Juzgado el día 29 de noviembre.
Ahí se entregó un caballo prieto, uno bayo y una yegua mora o tordilla. Estos los traía como suyos el prófugo Francisco Peña vecino del rancho la Panola en el Estado de Texas. No obstante, por las declaraciones de este caso se sabía que Agustín había prometido pagarle la yegua al mozo llegando a su morada en San Luis Potosí.
Dentro de la lista que se le entregó al Juzgado de Reynosa, además de los caballos, se incluía dos monturas vaqueras, dos frenos, cuatro sudaderos, una cuarta, un capote viejo de hule, un “sobretodo” viejo, un zarape de medio uso, una maleta con ropa y una con comestibles, una pistola con funda y canana de 20 tiros, dos dagas, una navaja, dos pares de espuelas, un morral y un guaje.
En una copia de esta lista redactada por el alcalde 3º el día siguiente 3 de diciembre y resguardada en la Sección de Juzgados del Archivo Municipal de Reynosa, incluye aproximadamente los mismos datos. En ella se agrega que el caballo bayo tenía cabos negros. En ambas listas se dibujaron los fierros que llevaban las tres bestias. En la segunda lista solo se agrega una cobija de lana y se dice que una de las maletas que llevaba ropa sucia y pinole.
Recibo de los caballos y prendas incautadas a Agustín Sánchez Herver y a su mozo Francisco Peña en el Charco del Granjeno. Sección Causas Criminales, AMR.
La declaración de Agustín
Ese mismo día que lo entregaron al Juzgado de Reynosa, Agustín Sánchez dio su declaración ante el alcalde 3º Constitucional de la villa. Éste era un viudo de 21 años de edad, originario del pueblo San Martín en San Luis Potosí. El declarante explicó que no sabía la razón de su aprehensión hasta esa mañana del 30 de noviembre en el Charco del Granjeno, donde había acampado adelante de Santa Elena.
En el momento que les nombró su detención, Pablo Luna ordenó a sus hombres le registrasen todas las prendas que llevaban él y su compañero. Fue después que les practicaron un examen minucioso de lo que llevaban y del sitio, que les dijeron sobre los motivos del registro. La explicación era que al coronel le habían robado el prendedor.
Pablo le insistía que le dijera al menos dónde lo había dejado empeñado o vendido. Le ofrecía que, si se lo entregaba o decía su paradero, él tenía órdenes del coronel para dejarlo ir. Agustín le contestó que no había tomado la prenda y que lo acompañaría para la villa con mucho gusto. El inculpado le dijo a su captor que, él nunca se había enterado dónde guardaba el coronel Nieves Hernández la joya de brillantes en forma de herradura cuando no la usaba, aunque sí se la había visto puesta.
Diferentes situaciones salieron a la luz durante las declaraciones del acusado. El arma que cargaba el mozo Peña era una pistola de seis tiros (revólver) con mango de madera, la cual utilizaba parque metálico calibre .45. Agustín en Reynosa había adquirido en la Casa de Comercio de don José Tárrega 25 tiros de parque calibre .44 para la misma pistola de Peña.
Éste le dijo que, aunque el parque no era para su pistola .45 que sí le podía servir. Estas eran las balas en la canana de 20 tiros mencionada en la lista presentada por el coronel. La Casa Comercial de don José Tárrega existió en el solar del lado sureste del cruce de las calles Hidalgo y Matamoros. Tres de sus hijos fueron presidentes municipales de Reynosa.
Otro de los puntos relacionados con la exposición de Agustín fueron unas mancuernillas de plata que traía consigo cuando llegó a vivir en la casa del coronel el 16 de septiembre de 1890. Éstas se las intercambió al teniente Eustaquio Reyes por unas que tenían la forma de mariposas. Estas a su vez se las cambió a Dionisio Montelongo, quién se hallaba en la casa del coronel.
Estas últimas eran unas mancuernillas de plata elaboradas con monedas de 25 centavos americanos, las cuales lo comprometieron cuando las enseñó envueltas en la caballería del regimiento de Reynosa. Después que el inculpado fue careado ante un desfile de testigos, el alcalde 3º Francisco Martínez no encontró suficientes méritos para dictarle el auto de formal prisión a Agustín Sánchez Herver.
El 4 de diciembre de 1890, el Juez mandó poner en libertad bajo caución protestatoria, indicándole que se encontraba obligado a lo que resolviera el Juez de 1ª instancia de la 3ª fracción judicial, presentándose a cualquier autoridad que le citase.
El 8 de enero de 1891, el Juez de 1ª instancia de la 3ª fracción en Matamoros, Román J. Flores, acepta la libertad bajo caución del inculpado dejando abierta esta averiguación. El magistrado de la 3ª Sala del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas dejó abierta la causa contra quién resultase culpable del robo del prendedor con brillantes en la casa del coronel Nieves Hernández, jefe del 5º Cuerpo de Caballería de Auxiliares. Esto se recibió en Reynosa el 31 de julio de 1891.
Poco después, el coronel Nieves Hernández sería llevado prisionero por la gente de Bernardo Reyes y Porfirio Díaz, para llevarlo a un juicio militar, por sus acciones asociadas con los grupos de contrabandistas, subversivos y gavillas en el noreste de México.