Demandan ley clara sobre el ciberacoso

Entre los argumentos presentados son que no se estable con exactitud el objeto de prohibición

La Comisión Nacional de Derechos Humanos interpuso un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por las leyes que castigan el ciberacoso a través de redes sociales o mensajería instantánea.

De acuerdo con información consultada en el la acción de inconstitucionalidad 304/2020, el artículo que se impugnó es el 390, tercer del Código Penal de Tamaulipas el cual cataloga el delito de ciberacoso y la pena que se impune al culpable.

“Comete el delito de ciberacoso, quien hostigue o amenace por medio de las Tecnologías de la Información y Comunicación, tales como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital que cause un daño en la dignidad personal, o afecte la paz, la tranquilidad o la seguridad de las personas, mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones gráficas, sonoras o fotografías” indica el artículo.

La modificación al Código Penal en el delito de Ciberacoso fue presentado ante el Congreso de Tamaulipas como la Ley Olimpia, en donde también se contemplaron sanciones para quien difunda gráficas de contenido íntimo o exótico que afecten la dignidad de las mujeres.

Las sanciones que son marcadas en el artículo 390 Tercer son de 11 meses a tres años de prisión y una multa de cuatro mil 481 a los 26 mil 800 pesos, en donde la CNDH indicó que los derechos fundamentales que se violan son el de la seguridad jurídica y la libertad de expresión.


Piden leyes claras

Entre los argumentos presentados por la CNDH son que el artículo no establece con exactitud el objeto de la prohibición, por lo que se pide la emisión de leyes claras, precisas y exactas sobre la conducta que puede ser clasificada como delito.