Los adultos mayores tienen derecho a exigir a sus hijos o nietos un apoyo alimenticio, en caso de que sus padres se separen, se estipula en el Código Civil Federal de México.
“La obligación de dar alimentos es recíproca. El que los da tiene, a su vez, derecho a pedirlos”, refiere el artículo 301 del código.
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Por su parte, el artículo 304 del Código Civil Federal establece que los hijos están obligados a dar alimento a sus padres, a falta o por imposibilidad de los hijos, están los descendientes más próximos de grado.
Los artículos contemplados como alimentos para adultos mayores son: comida, vestido, habitación y asistencia médica.
Si los hijos no pueden cubrir esos gastos, la responsabilidad recae en los nietos.
Si son varios, todos deben cooperar para cubrir esa responsabilidad y el juez será el responsable de repartir los gastos. Si los demás no pueden, la responsabilidad recaerá en quien tenga la posibilidad de cumplir con esa obligación.